EACEA 29/2018: Apoyo a los agentes de ventas internacionales de películas europeas.
EACEA 29/2018: Apoyo a los agentes de ventas internacionales de películas europeas.
Fecha límite: Actualmente cerrada.
Convocatoria para agentes de ventas que generen subvenciones basadas en su actuación en la venta de películas europeas no nacionales en un período determinado.
Solicitantes elegibles: Agentes de ventas europeos (empresas europeas que actúan como intermediarias de los productores y que están especializadas en la explotación de películas mediante la comercialización y la concesión de licencias a distribuidores u otros compradores extranjeros).
El agente de ventas debe estar designado por el productor de la película mediante un contrato / acuerdo. Un contrato / acuerdo firmado por el agente de ventas y el productor se considerará como un contrato de ventas internacionales si permite el derecho al agente de ventas de vender la película en al menos diez países participantes en el subprograma MEDIA.
Los solicitantes tienen que estar establecidos en uno de los países que participan en el Subprograma MEDIA, y la entidad ha de ser propiedad, directamente o por participación mayoritaria, de ciudadanos de esos países.
Proyectos elegibles: La convocatoria funciona en dos fases:
1. Generación de un fondo potencial, calculado según las ventas internacionales de la empresa en el mercado europeo en el período de referencia (2014-2018).
2. Reinversión del fondo potencial generado por cada empresa en:
- Mínimos garantizados o anticipos abonados por los derechos de ventas internacionales de nuevas películas europeas no nacionales;
- Promoción, comercialización y publicidad en el mercado de las nuevas películas europeas no nacionales presentadas.
La duración máxima de las acciones es de veinticuatro meses a partir de la fecha de la firma del contrato con la Agencia Ejecutiva o la fecha de presentación de la solicitud. El contrato de ventas internacionales firmado con el productor deberá firmarse durante este período de elegibilidad.
Las películas habrán sido producidas mayoritariamente por productores establecidos en los países que participan en el Subprograma MEDIA y contarán con una participación significativa de profesionales de dichos países.
Se tratará de películas recientes de ficción, animación o documental, de más de sesenta minutos de duración y de un país diferente del de distribución.
No consistirán en contenido alternativo (óperas, conciertos, actuaciones, etc.) ni serán publicitarias.
Para que la película sea subvencionable, sus primeros derechos de autor no se habrán establecido antes de 2014.
Acceso a la base de datos de películas MEDIA.
Declaración de entradas de los distribuidores durante el período 2014-2017.
Declaración de entradas de los distribuidores durante el año 2018.